viernes, 11 de febrero de 2011

NO SE DEJE ENGAÑAR MÁS. LEA AQUÍ LA VERDAD SOBRE EL DEBATE DE LOS CONCEJALES DE VALLEDUPAR POR LOS SUBSIDIOS A ESTRATOS 1, 2 Y 3 DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO…



Esta semana se ha generado una polémica entre los diecinueve (19) concejales del Municipio de Valledupar por el Proyecto de Acuerdo N° 01 de 2011 cuyo objeto es el subsidio en acueducto, alcantarillado y aseo de los estratos 1, 2 y 3 de la Ciudad de Valledupar, en Convenio suscrito con la empresa EMDUPAR S.A. E.S.P.

Pero este “debate político”, porque es político; no es más que un oportuno caballito de batalla en etapa preelectoral y prueba fehaciente de la ineptitud, negligencia e intereses oscuros de los actuales concejales, quienes apenas ahora, tras tres (3) años de complacencias y cuestionamientos, se acuerdan que existe un electorado al que deben cautivar porque serán nuevamente candidatos en las elecciones del próximo mes de octubre. De ahí que se apropien de un tema tan popular como lo es un subsidio, porque eso atrae votantes y normal que mientan porque eso es lo que da votos.

Buscan con ello la amnesia colectiva que sistemáticamente recae en la población cuando el último año del período constitucional los servidores públicos “hacen algo” que borra del disco duro de cada votante todo lo que no hicieron y todo lo que hicieron durante los años anteriores como servidores del pueblo, escogidos por el pueblo soberano. Y si analizamos bien, de paso el temita les puede resultar útil para minimizar las investigaciones que contra ellos hay en la Procuraduría; y por qué no, para callar los miles de comentarios y anécdotas que suenan en las calles y corrillos políticos de la ciudad sobre sus reiteradas non sanctas acciones y que son también, la comidilla de algunos medios que mencionan todo lo que en esa corporación edilicia ha sucedido desde enero de 2008, fecha en la cual se posesionaron, hasta el día de hoy.

Estas son las situaciones que me motivan a informar a la ciudadanía, porque ni somos tan estúpidos como este tipo de politiqueros nos creen, ni ellos son tan inteligentes como creen serlo. Y les aseguro que por estos lares el disco duro no se resetea tan fácilmente…  

Los honorables concejales nos están mintiendo, nos siguen mintiendo; unos por acción y otros por omisión. Y lo decimos con conocimiento de causa porque esta álgida situación la detectamos en su momento e intentamos prevenirla abriéndole oportunamente los ojos a la comunidad vallenata y a las autoridades; por ello la denunciamos públicamente en Maravilla Informa y además la demandamos ante un juzgado, pero desde hace más de ocho (8) meses, aún no hemos obtenido respuesta del señor juez y como siempre, la población no quiso abrir sus ojos. Por eso les digo, ¡pónganse las gafas! porque definitivamente no hay nada que el tiempo no muestre...

Ver hoy a un concejo dividido y posando a los concejales de angelitos bienintencionados y preocupados por el bienestar general y sobre todo por las clases menos favorecidas, armando revuelo sobre un tema que conocen perfectamente -porque en éste escrito les demostraré que todos ellos sabían que esto ocurriría cuando aprobaron otro proyecto de acuerdo- y que pese a que pudieron evitarlo prefirieron ser cómplices, sólo indica que se trata de protagonismos políticos preelectorales, no busque más porque es sólo eso y ya entenderán por qué:

De los ingresos que recibe el Municipio de Valledupar del Sistema General de Participación (SGP), el 5.6% debe destinarse a agua potable y saneamiento básico, bien sea para subsidios o para obras civiles.

El 30 de mayo de 2006, los concejales de ese entonces, donde cabe resaltar se encontraban varios de los que actualmente lo son; aprobaron el Acuerdo Municipal N° 011 que autorizaba al  Alcalde de Valledupar para suscribir un contrato con la empresa EMDUPAR S.A E.S.P., cuyo objeto fue asegurar las transferencias del Municipio de Valledupar a la empresa, de los recursos destinados a otorgar subsidios. Es decir, una porción de ese 5.6% del SGP se destinó para los subsidios de agua potable y saneamiento básico para los estratos 1, 2 y 3 en diferentes proporciones.

Posteriormente, TODOS los concejales que hoy conforman el concejo -porque el primero de enero de 2008 inició el presente  período constitucional- aprobaron el día 12 de septiembre de 2008 el Acuerdo Municipal N° 013, el cual autorizaba al Alcalde del Municipio de Valledupar para suscribir una modificación al contrato celebrado con la empresa EMDUPAR S.A. E.S.P., y ajustar el valor de los subsidios para el año 2008. En esa época el alcalde era el señor Rubén Alfredo Carvajal Riveira.

Cabe resaltar y es MUY IMPORTANTE que la ciudadanía sepa que éste Acuerdo N° 013 de 2008 goza de plena vigencia jurídica y que no ha sido ni modificado ni derogado por el cuerpo colegiado, por lo tanto, nos mienten cuando quieren hacer creer a la población de Valledupar que el subsidio está en peligro de no ser otorgado a los estratos que corresponde.

Pero resulta que el 16 de abril de 2010, LOS MISMOS CONCEJALES que aprobaron el Acuerdo 013 de 2008: CÉSAR ENRIQUE ACUÑA VERGARA, JAIME EDUARDO BORNACELLY FIGUEROA, JORGE ELIÉCER CANALES MEDINA, WISAN HASAN FARAJ OBREGÓN, FREDDYS ALBERTO GÁMEZ LOBO, JHON JAIRO GIL ROJAS, GUSTAVO ADOLFO GUERRA AÑEZ, FABIÁN ALBERTO HERNÁNDEZ IGIRIO, WILBER JOSÉ HINOJOSA ARIAS, PEDRO VENANCIO MANJARRÉZ CABANA, GUSTAVO ALFONSO MÁRQUEZ DAZA, ÁNGEL ANTONIO MONTAÑO BARÓN, GABRIEL MUVDI ARANGUENA, WALTER ENRIQUE OÑATE CORREA, ÁLVARO JOSÉ ROSADO QUINTERO, YESITH TRIANA AMAYA y FABIOLA YINETH ZULETA BARROS aprobaron el Acuerdo 004 de 2010 cuyo objeto es comprometer vigencias futuras por 20 años del 75% del Sistema General de Participación (SGP) correspondiente a agua potable y saneamiento básico.

Es decir, que mediante el Acuerdo 004 del 16 de abril de 2010 los honorables concejales aprobaron comprometer por 20 largos años los mismos recursos que ya habían comprometido mediante el Acuerdo 013 de 2008 para los subsidios de agua potable y saneamiento básico de los estratos 1, 2 y 3 del Municipio de Valledupar. Cuánta inteligencia por parte de nuestros honorables concejales, una sola plata para dos fines diferentes…

Ya creado el “problema” en algún momento tenía que salir a la luz pública, y ahora que ya no tienen cómo ocultarlo, nos quieren hacer creer que se trata de un nuevo proyecto de acuerdo cuando el objeto es idéntico. Y le han dado este manejo ante los medios y ante la opinión pública, porque decirnos la verdad sería reconocer de qué forma desleal y aparentemente dolosa actuaron en contra de los contribuyentes que somos los mismos votantes que ahora pretenden cautivar, es decir, nos creen muy estúpidos.

Obviamente que estos recursos no podían alcanzar para los subsidios y para el pago de un crédito, porque inmediatamente fue aprobado el Acuerdo N° 004 de abril de 2010 el municipio adquirió un crédito por valor de TREINTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS ($37.650.000.000) que supuestamente serían invertidos en la zona rural del Municipio de Valledupar.

El Acuerdo 004 del 16 de abril de 2010 fue aprobado por los honorables concejales de forma irregular por lo siguiente:

a)    Los proyectos de acuerdo deben ser presentados por la ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL al CONCEJO MUNICIPAL con los soportes financieros, técnicos y jurídicos de rigor  para su aprobación, de lo contrario, deberán devolverse a la oficina de origen para ser subsanados, tal como consta en el Acuerdo N° 033 del 2008, artículo 69, Reglamento Interno del Concejo Municipal de Valledupar, situación que no ocurrió, ya que los honorables concejales le dieron los respectivos debates y lo aprobaron, sin regresarlo a la administración municipal y sin tener a su vista o exigir ningún estudio financiero, técnico y jurídico  de los proyectos u obras civiles a ejecutar, tanto en el sector urbano como en el rural, y sin saber siquiera en cuáles corregimientos y zonas o comunas urbanas ejecutarían los mismos, así como tampoco conocían cuáles serían sus costos, de manera individualizada, así como globalizada.

b)   Pero además, el Proyecto de Acuerdo o exposición de motivos presentado por la administración municipal en cabeza del señor alcalde al CONCEJO MUNICIPAL  para pignorar el 75% de los recursos del Sistema General de Participación (SGP), rubro de Agua Potable y Saneamiento Básico a veinte (20) años, y de poder realizar operación de crédito por TREINTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS ($37.650.000.000.00), encargo fiduciario y patrimonios autónomos; no fue ni siquiera consultado y por lo tanto, tampoco fue avalado por el Ministerio de Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial como entidad encargada y superior para éste tipo de asuntos.

c)    De manera muy generosa y solidaria, los honorables concejales mediante el ACUERDO MUNICIPAL NO 004 DEL 16 DE ABRIL DE 2010 le brindan al señor alcalde facultades desmedidas donde el mismo CONCEJO MUNICIPAL se auto limita el control político que debe ejercer sobre la administración municipal según mandato constitucional. Entre estas atribuciones que le ofrecen, están la de poder pignorar o dar en prenda el 75% de los recursos del Sector de Agua Potable y Saneamiento Básico a Veinte  (20) años, y realizar operaciones de crédito público, encargo fiduciario y constitución de patrimonios autónomos sin límite de cuantía alguna.

El crédito fue pactado a una tasa de interés del 11% efectiva anual y de acuerdo a la comunicación de fecha 02 de Junio de 2010, suscrita por la Doctora CRISTINA BASTO BELTRAN Directora de Gestión de Negocios Fiduciarios de la entidad Alianza Fiduciaria y dirigida al señor Alcalde de Valledupar, donde se le notifica al Municipio de Valledupar el desembolso, se evidencias varias cosas:

a)  El Crédito aprobado por ALIANZA FIDUCIARIA FIDEICOMISO GRUPO FINANCIERO DE INFRAESTRUCTURA 2008-1, fue por valor en pesos de TREINTA Y SEIS MIL SETENCIENTOS SESENTA Y CINCO MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS TREINTA Y UN PESOS ($36.765.376.531).

b)   Los cuatro primeros años del crédito, del 2011 al 2014 no generan pago de amortización a capital, es sólo para pago de intereses.

c)    El plazo del préstamo son diecinueve (19) años

d)   La tasa de interés es del once por ciento (11%) efectiva anual.

e)   Como está planteado el contrato de empréstito no permite en ningún periodo de la duración del mismo realizar abonos o prepagos al capital, obligando al Municipio de Valledupar a cancelar siempre el crédito a cuotas, a largo plazo y con altos intereses.

Así que además de lo oneroso y poco ventajoso para nosotros los contribuyentes, ya que el Municipio de Valledupar deberá pagar todos los 15 de diciembre de cada año, por 20 largos años aproximadamente CUATRO MIL CUARENTA Y CUATRO MILLONES DE PESOS ($4.044.000.000) solamente de intereses sin poder realizar pagos anticipados siquiera, nos ratificamos cuando afirmamos que el Acuerdo 004 de abril de 2010 fue aprobado por los honorables concejales de forma irregular, ya que va en contra del Acuerdo Municipal N° 025 del 2008 o “Estatuto Orgánico del Presupuesto del Municipio de Valledupar” que fue sustentado en el artículo 7 de la Ley 819 de 2003 “Normas orgánicas en materia de Presupuesto”, y que dice su artículo 5 de forma literal:

“ARTICULO 5. ANÁLISIS DEL IMPACTO FISCAL DE LAS NORMAS - En todo momento, el impacto fiscal de cualquier proyecto de acuerdo, que ordene gasto o que otorgue beneficios tributarios, deberá hacerse explícito y deberá ser compatible con el Marco Fiscal de Mediano Plazo.

Para estos propósitos, deberá incluirse expresamente en la exposición de motivos y en las ponencias de trámite respectivas los costos fiscales de la iniciativa y la fuente de ingreso adicional generada para el financiamiento de dicho costo.

La Secretaría de Hacienda, en cualquier tiempo durante el respectivo trámite en el Concejo Municipal, deberá rendir su concepto frente a la consistencia de lo dispuesto en el inciso anterior. En ningún caso este concepto podrá ir en contravía del Marco Fiscal de Mediano Plazo. Este informe será publicado en la Gaceta del Concejo.

Los proyectos de Acuerdo de iniciativa del Alcalde, que planteen un gasto adicional o una reducción de ingresos, deberá contener la correspondiente fuente sustitutiva por disminución de gastos o aumento de ingresos, lo cual deberá ser analizado y aprobado por la respectiva Secretaría de Hacienda”.

Así las cosas, vemos cómo el Acuerdo Municipal No. 004 del 2010 requería de un estudio de impacto o costo fiscal en el presupuesto del Municipio de Valledupar y esto debió incluirse en el proyecto de acuerdo o exposición de motivos, situación que no ocurrió como se puede comprobar al observar el proyecto de acuerdo en mención y que tampoco fue exigido por los honorables concejales.

El Acuerdo  Municipal No 004 de 2010, dice textualmente en su título:

Acuerdo No. 004 del 16 de abril de 2010, autorizo al alcalde del Municipio de Valledupar, para comprometer un porcentaje de los recursos del sistema general de participación para el sector de agua potable y saneamiento básico a través de la pignoración del flujo de caja de esos mismos recursos, correspondientes a las próximas 20 vigencias fiscales a partir del año 2010, operaciones de crédito público y asumir compromisos con cargo a vigencias futuras excepcionales para asegurar la financiación y ejecución de proyectos de inversión en agua potable y saneamiento básico mediante encargo fiduciario y patrimonio autónomo y se otorgan facultades pro tempore”.

Y si en el contenido de todo el Acuerdo se establece que son vigencias fiscales a partir del año 2010, entonces, ¿con cargo a qué tipo de vigencias futuras fue que el CONCEJO MUNICIPAL de Valledupar le otorgó facultades al Alcalde de Valledupar?  ¿Ordinarias o excepcionales?

Y si EL CONCEJO MUNICIPAL DE VALLEDUPAR a través del Acuerdo 004 del 16 de abril de 2010 facultó al alcalde para pignorar el 75% de los recursos del rubro de Agua Potable y Saneamiento Básico  a veinte (20) años; ¿con cuáles recursos, de qué forma o cómo pensaban se daría cumplimiento al objeto de los Acuerdos 011 del 30 de Mayo de 2006 y 013 del 12 de Septiembre de 2008?

No olvidemos que varios concejales son repitentes y que TODOS los actuales aprobaron la modificación del Acuerdo 011 de 2006 al aprobar el Acuerdo 013 del 12 de Septiembre de 2008, así que ni aunque la ley se los permitiese podrían aducir desconocimiento de los mismos, por lo que el show que pretenden montar ahora ante los medios y ante la población de Valledupar sólo muestra la mala fe con la que actuaron.

Por otro lado, en el proyecto de acuerdo o exposición de motivos presentado por el Alcalde de Valledupar al CONCEJO MUNICIPAL y suscrito por él mismo, afirma con relación a los subsidios de los estratos 1, 2 y 3 de manera textual lo siguiente: “es preciso mencionar que nuestro municipio se encuentra a paz y salvo por este concepto con la empresa  EMDUPAR S.A. E.S.P.”.


Esto se debe a una solicitud expresa que hiciere el Ministerio de Hacienda para autorizar el empréstito, donde había una exigencia “sine qua non” como requisito previo y que consistía en la necesidad de presentar por parte del MUNICIPIO DE VALLEDUPAR un paz y salvo que debía ser emitido por EMDUPAR, donde certificase que el Municipio de Valledupar no debía nada a EMDUPAR. Así que esto representa otra prueba de que los honorables concejales no ignoraban el convenio suscrito con EMDUPAR para los subsidios de los estratos 1, 2 y 3 con ESOS MISMOS RECURSOS que estaban aprobando fuesen destinados en otro objeto.

Como no hemos tenido acceso a ese supuesto  “Paz y Salvo” que debió ser presentado al Concejo Municipal para la aprobación del Acuerdo 004 de 2010, obviamente no podemos constatar lo que vamos a decir como nos gusta hacerlo y como efectivamente lo hacemos siempre, pero confiando en la palabra del concejal que nos informó, repetimos sus palabras: “el paz y salvo no fue expedido por EMDUPAR sino por el mismo alcalde y él no estaba facultado para ello, por lo que hay una falsedad en documento público”. Nos dijo también, que además, el gerente de EMDUPAR no podía emitir dicho paz y salvo sencillamente porque de los CUATRO MIL DOSCIENTOS MILLONES DE PESOS ($4.200.000.000) facturados durante el año 2010 por concepto de subsidio a los estratos 1, 2 y 3 por los servicios de acueducto y alcantarillado, el municipio tan sólo había cancelado TRESCIENTOS SESENTA MILLONES DE PESOS ($360.000.000), por lo que el paz y salvo, además de ser falso por quien lo emitió, “es falso en su contenido”.

Como anécdota narro lo siguiente: El día que vino el señor Procurador General de la Nación a la Biblioteca Rafael Carrillo Lúquez, éste honorable concejal me pidió con mucho ahínco que asistiese para que denunciase yo todo esto ante él y en ese escenario donde estarían grandes personalidades. Pero una cosa piensa el burro y otro el que lo ensilla, así que en mi incesante necesidad de “probar” a los seres humanos que se creen más inteligentes y honorables que uno, mi respuesta fue: “Lo que yo sé lo sé por ti, las pruebas que tengo, en gran parte me las diste tú, tú eres candidato, así que denúncialo tú y así demuestras lo buen ciudadano, lo buen servidor público y lo buen candidato que eres al pueblo de Valledupar; es tu oportunidad de lucirte”…

Obviamente no lo hizo, por eso no votaré por él, porque no me gustan las personas con doble moral que quieren quedar siempre bien con Dios y con el diablo y que creen que pueden manipular y utilizar a los demás para obtener dividendos o beneficios particulares. No es, éste honorable concejal en definitiva, ni buen ciudadano, ni buen servidor público ni buen candidato, y éste no es el tipo de personalidades que exige y requiere nuestro municipio… No está bien usar a varias personas para que impetren una misma acción popular, brindando toda la información que posee por el ejercicio de su cargo, cuando es su deber como servidor público hacerlo él mismo y por los conductos regulares, so pena de ser acusado de omitir las obligaciones con las que lo reviste la ley. No me gusta la gente cobarde…

Volviendo al tema, si esto es así y si el poco valiente concejal que me informó (a mí, más no al pueblo) está en lo cierto, el municipio no estaba a paz y salvo con EMDUPAR cuando los honorables concejales aprobaron el Acuerdo 004 el 16 de abril de 2010 y por lo tanto, los honorables concejales no ejercieron el control que les ordena la Constitución y la ley, por lo que habrían incumplido sus deberes y las funciones para las cuales fueron elegidos, porque de haberlo hecho, el acuerdo en mención no hubiese sido aprobado.

Recordemos que cuando todo esto ocurrió renunciaron a sus cargos el gerente de entonces, Dr. ALBERTO JOSÉ DAZA LEMUS, a quien se supo por los medios de comunicación, le hicieron un complot de descrédito cuando le cerraban las llaves de paso ocasionando con ello que toda la población de Valledupar estuviese por varios días sin servicio de agua, y por ende, mostrando con ello que el gerente no era idóneo para satisfacer las necesidades de la ciudadanía y reflejando que “el fin justifica los medios”, violentando con ello los derechos de la población.

Y coincide también con la renuncia de su Director Comercial, DOCTOR OSVALDO BERNAL y de quien fuese la gerente que reemplazó a Daza lemus, la DOCTORA ROSA COTES, quien fue reemplazada finalmente por el Doctor EDUARDO BECERRA BLANCO, quien hoy reclama a los concejales.

Coincide también con la fecha cuando en diferentes escenarios de la ciudad se comentaba sobre un supuesto “Plan Carrasquilla” que generó la molestia de muchos ingenieros, ya que al parecer, algunos concejales estarían direccionando todo hacia un personaje muy conocido de la vida pública nacional que desde la fría capital estaba organizando todo para la inversión de los TREINTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS ($37.650.000.000.00). Según el “honorable concejal informante”, las renuncias se debieron a que estos funcionarios se negaron a emitir el paz y salvo necesario para la aprobación del Acuerdo 004 del 16 de abril de 2010.


EL ACUERDO 004 DEL 16 DE ABRIL DE 2010 CUYO PROPONENTE FUE EL HONORABLE CONCEJAL CÉSAR ENRIQUE ACUÑA VERGARA
FUE APROBADO DE MANERA IRREGULAR


De la lectura del Acuerdo Municipal No 004 del 16 de abril 2010 se desprende claramente que fue aprobado un día viernes y que sin embargo, violando el artículo 82 del Acuerdo N° 33 del 2008 -Reglamento Interno del Concejo Municipal de Valledupar- fue publicado en la Gaceta el día martes 20 de Abril de 2010, fecha en la cual también el acuerdo fue sancionado por el Alcalde de Valledupar, violando con ello la norma cuyo texto dice:

ARTICULO 82º PUBLICACIÓN Y VIGENCIA. Sancionado un acuerdo, para los efectos de su promulgación, será publicado dentro de los diez (10) días siguientes en el respectivo diario o gaceta si los hubiere, o en una emisora local o regional. El acuerdo regirá a partir de su sanción y publicación, salvo que se disponga lo contrario.

PARÁGRAFO. Los acuerdos debidamente expedidos y sancionados se presumen válidos y producen la plenitud de sus efectos a partir de la fecha de su publicación, con posterioridad si determinadas disposiciones del mismo estuvieren condicionadas a reglamentaciones de la plenaria”.

Esto nos lleva a preguntarmos: ¿Cuál era la prisa que tenían los honorables concejales del Municipio de Valledupar en aquél entonces -cuando todo lo aprobaban a pupitrazo limpio- para sancionar y publicar de manera prematura el acuerdo que originó lo que hoy quieren hacernos creer desconocían? Y ¿Cuál era el inocultable interés del proponente, honorabilísimo concejal foráneo CÉSAR ENRIQUE ACUÑA VERGARA?

Esta pregunta toma mayor fuerza al saber que en tiempo récord, el día viernes 14 de mayo de 2010, recién pasados dieciocho (18) días hábiles desde su publicación, el crédito de los TREINTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS ($37.650.000.000) estaba ya en las arcas del municipio, mostrándonos que ahí sí fueron todos muy diligentes para empeñar al municipio, pero más asidero toma nuestra pregunta cuando sabemos que desde que el desembolso se hizo efectivo por parte del banco, han transcurrido hasta la fecha nueve (9) meses pasados, ocasionando unos intereses de aproximadamente TRESCIENTOS SESENTA MILLONES DE PESOS ($360.000.000) mensuales, sin que dicho capital haya sido aún invertido.

Esto obviamente ha generado el pago de unos intereses aproximados a los TRES MIL DOSCIENTOS CUARENTA MILLONES DE PESOS ($3.240.000.000), sin que se haya iniciado una sola obra de las prometidas, ocasionando con ello un perjuicio para las comunidades y un detrimento patrimonial al municipio injustificado

Por otro lado, de acuerdo a certificación emitida por el Jefe de Oficina Asesora de, del Plan de Desarrollo Municipal “Resultados con Seguridad 2010 – 2011”, se tenía presupuestado para el Subprograma de Agua Potable y Saneamiento Básico una inversión para la vigencia de 2010 de SEIS MIL QUINIENTOS MILLONES DE PESOS ($6.500.000.000.00).

Si la administración municipal, adicional a los recursos antes establecidos en el Plan de Desarrollo Municipal, contaba dentro de su presupuesto municipal con ingresos corrientes de libre destinación o del propósito general; ¿por qué no se utilizaron estos dineros para ejecutar las obras de acueductos en las zonas corregimentales y algunas inversiones en la planta de tratamiento y redes de EMDUPAR S.A. E.S.P.?, o ¿por qué no se gestionaron recursos ante el gobierno nacional a través del Ministerio de Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial para realizar estas obras a las comunidades corregimentales y a la empresa EMDUPAR S.A. E.S.P.?, o en su defecto, ¿por qué la administración municipal no hizo el ejercicio de incluirse dentro del Plan Departamental de Aguas del Cesar para conseguir estas inversiones de por sí a un menor costo financiero que la banca privada?

No entendemos la maroma de re-comprometer en un 75% y por veinte (20) años “el ya comprometido” rubro de agua potable y saneamiento básico del SGP por pago de subsidios de los estratos 1, 2 y 3 para la realización de otras obras. Estos recursos ya habían sido asignados y asegurados por el mismo Concejo Municipal para el pago de dichos subsidios. Los recursos del SGP son de destinación específica y en éste rubro, solamente pueden ser invertidos en infraestructura y subsidios en los sectores de acueducto, alcantarillado y aseo; entonces si ya están doblemente comprometidos, ¿Cómo pretendían el señor alcalde y los HONORABLES CONCEJALES  que el Municipio de Valledupar durante los próximos veinte (20) no tenga con qué invertir en éste rubro en zonas del municipio, tanto urbanas como rurales que carecen de estos servicios básicos? y ¿Cómo pensaron se pagaría, con el mismo recurso financiero y de manera simultánea el subsidio de los estratos 1, 2 y 3 a EMDUPAR y el oneroso empréstito con sus respectivos onerosos intereses? ¿Será que los HONORABLES CONCEJALES pensaron que si comprometían todos los ingresos presentes y futuros, mediante la aprobación de vigencias futuras por décadas, los próximos alcaldes de Valledupar estarían de manos amarradas solamente generando ingresos para poder pagar el empeño en el que tienen al municipio y sin que durante ese tiempo se vea desarrollo en Valledupar?

No pensaron en nada, se limitaron a dejarse llevar por coaliciones e intereses políticos y por sus bajos instintos y pasiones… ahí no se acordaron de la ciudadanía y menos aún de los estratos 1, 2 y 3…

Además, la Empresa EMDUPAR S.A. E.S.P., a lo largo de su historia ha realizado obras civiles de acueducto y alcantarillado en las zonas urbanas y rural con recursos del Municipio de Valledupar, aportando sus conocimientos técnicos y experiencia en el sector; pero los recursos que aporta el ente territorial son recursos propios del Municipio para tales fines, de conformidad con los Planes de Desarrollo y de Gobierno Municipal. Entonces nos preguntamos ¿De dónde está la administración municipal tomando los recursos para ejecutar estas obras? ¿De los recursos  asignados y asegurados por acuerdos municipales para cubrir los subsidios de los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo, de la población vulnerable de la Ciudad de Valledupar?

Ahora bien, la Alcaldía de Valledupar, tal y como han manifestado públicamente  algunos concejales y funcionarios de la misma administración municipal (Columna del Diario el Pilón de fecha 29 de Julio de 2010), pretenden a través de un nuevo Convenio Interadministrativo entregar el valor del empréstito, es decir la suma de TREINTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS ($37.650.000.000),  a EMDUPAR S.A. E.S.P., para que sea ésta empresa  la que realice la contratación de los proyectos u obras civiles a ejecutar de conformidad a su manual interno de contratación, el cual se rige por el derecho privado, de conformidad a la Ley 142 de 1994 sobre Servicios Públicos Domiciliarios.

Vemos aquí, sumando y conjugando todo lo hasta ahora expuesto, que hay una clara intención de evadir la Ley 80 o Ley de Contratación Estatal, ya que con todos los antecedentes ya conocidos, no vemos en estos acuerdos interadministrativos la transparencia suficiente para administrar adecuadamente estos cuantiosos recursos, máxime cuando los gerentes de EMDUPAR S.A. E.S.P., son designados por el mismo alcalde, ya que los miembros de la Junta Directiva de EMDUPAR, a excepción del señor gobernador, son sus subordinados y esto es un hecho notorio conocido por todos los vallenatos.

Y si sumado a todo esto analizamos en profundidad los comentarios sobre el ya conocido entre los ingenieros y funcionarios de EMDUPAR “Plan Carrasquilla”, ¿Podremos afirmar que ya esos dineros del empréstito tienen beneficiario con nombre propio, y que la demora para ejecutarlos se deba a coordinaciones de último momento que ha llevado a la abrupta renuncia de dos gerentes en un lapso de tres meses y que ha dilatado la inversión? ¿Será que tanta permisividad y afán por parte de los honorables concejales para aprobar y publicar el Acuerdo 004 de 2010 y tanta prisa por obtener los recursos por parte de la administración se deba a un contubernio entre estos servidores públicos?

De conformidad a la información dada por la Administración Municipal en los debates ante el Concejo Municipal las obras a ejecutar son la construcción de seis (6) acueductos en la zona corregimental y optimización de otros cuatro (4); adicional a ello obras de modernización en la Planta de Tratamiento de Agua Potable de EMDUPAR S.A. E.S.P., y reposición y ampliación de redes, así como la sectorización hidráulica y construcción del colector oriental de la comuna N° 2 de Valledupar; entonces realmente la inversión en la empresa es mínima en comparación con la zona corregimental, donde reiteramos EMDUPAR S.A. E.S.P., no recibiría compensación alguna por esas obras, pero a su vez tampoco con las obras a ejecutar se soluciona el problema de fondo de la empresa.

No obstante lo anterior, y teniendo en cuenta que los dineros que ingresan a EMDUPAR S.A. E.SP., para la ejecución de los proyectos civiles de acueductos en las zonas corregimentales y algunas inversiones en la planta de tratamiento y redes de EMDUPAR S.A E.S.P., corresponden en gran medida a los ya asegurados por el Concejo Municipal para el pago de subsidios, al ser ejecutados estos proyectos tal como se pretenden desarrollar,  no representarían para esta empresa retribución o compensación alguna, toda vez que el objeto social de la misma sólo se limita al servicio de acueducto y alcantarillado en la zona urbana de la Ciudad de Valledupar, y a cambio el usuario recibe en su domicilio una factura de pago por la prestación de estos servicios, que es en últimas, la contraprestación que recibe la empresa para su continuidad y sostenibilidad.

Pero la inversión que EMDUPAR S.A. E.S.P., realice en la zona corregimental de Valledupar no genera para la empresa utilidad o contraprestación alguna; entonces lo que la administración municipal pretende realizar es utilizar unos recursos que hacen parte de los subsidios y que son  de EMDUPAR S.A. E.S.P. y que a la fecha supuestamente se adeudan, para ejecutar unas obras que no generarán para la empresa ninguna utilidad, excepto las obras que se pretenden realizar en la Planta de Tratamiento de Agua Potable y en la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales, con lo cual no se soluciona de fondo la problemática que hoy atraviesa esta empresa de iliquidez, deficiencia, rezago  y alta carga laboral, lo que si se logra es dispersar la inversión de unos recursos ya comprometidos  en varias obras, que finalmente no solucionarán ni la problemática en la prestación del servicio de acueducto y alcantarillado en la Capital del Departamento ni en su zona corregimental.

Fue un hecho demasiado evidente y  notorio la manera tan parcializada y sesgada como el CONCEJO MUNICIPAL DE VALLEDUPAR llevo a cabo el debate sobre los alcances del Acuerdo Municipal N° 004 de 2010, originado por proposición realizada por el Sindicato de EMDUPAR S.A. E.S.P., el día 13 de Julio de 2010, convirtiéndose en una pugna irrespetuosa de los concejales que aprobaron el acuerdo contra los que votaron negativo, quienes también vale la pena mencionar, pese a tener conocimiento de todo esto no fueron capaces de informar claramente a la ciudadanía de lo que se estaba fraguando.

Hubo, como siempre, porque pareciera que los honorables concejales desconocen los derechos de la ciudadanía; una clara  limitación de la participación de la comunidad que se encontraba en la barra y el conocimiento público realizado por el señor HUMBERTO BENAVIDES de la Oficina de Presupuesto Municipal que los dineros del empréstito se encontraban desde el 14 de Mayo de 2010 en una cuenta de Municipio de Valledupar del Banco BBVA, generando unos altos intereses y sin ser invertidos aún, reflejando con ello una clara falta de planeación, posiblemente debido a la inexistencia y no realización previa de los estudios financieros, técnicos y jurídicos que jamás presentó la administración al concejo para que el acuerdo fuese aprobado, y obviamente, debido a la comprobada ineficacia de la administración municipal y al accionar y silencio cómplice de nuestros honorables concejales.

Los 19 honorables concejales de Valledupar son conocedores del poder que la Constitución brinda al pueblo en una democracia participativa, de no saberlo no estarían armando el show que ya tienen al aire; pero se olvidaron de éste mismo pueblo, al que ahora necesitan para las elecciones de octubre, y del mismo pueblo al que quieren hacer creer que defienden; cuando tenemos cómo probar que actuaron durante 3 años en su contra, cuando no nos escuchaban y nos negaron nuestros derechos a ejercer control social; cuando  utilizaban un escenario público como lo es la corporación edilicia, pagada por nosotros al igual que sus salarios, para aprobar a pupitrazo limpio acuerdos que iban en contra de los intereses generales y para calumniar e injuriar a los ciudadanos de bien, sin temor a nada ni a nadie. Pues ahora que respondan ante las autoridades por todo lo que hicieron y por todo lo que dejaron de hacer; por todo lo que dijeron y por todo lo que dejaron de decir, porque al igual que tienen derechos como servidores públicos, también tienen deberes, obligaciones y prohibiciones…

Luz Marina Gnecco Plá

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